Orden fiscal. Fecha última revisión: 28/02/2023. Notas: Caso práctico: Retención IRPF de servicios prestados por un arquitecto a una comunidad de propietarios + Este documento no tiene notas asociadas. Suscripción Premium. Herramientas de cálculo. Calendarios laborales. Jurisprudencia. Legislación. Resoluciones.
ElartÃculo 35.4 de la Ley General Tributaria deja claro que las comunidades de propietarios, aún carentes de personalidad jurÃdica, sà tienen la condición de obligados, y tendrán que declarar por los ingresos que perciban por la concesión de ayudas y por el arrendamiento de elementos comunes. Además, dichos ingresos tendrán que ser
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